🚗
Modo Conductor

 

Un informe del programa «El Cernidor» volvió a poner sobre la mesa un tema que genera polémica: los beneficios especiales que reciben algunos jubilados y pensionistas mientras la mayoría de los uruguayos debe seguir pagando.

La discusión sobre las jubilaciones y pensiones especiales volvió a instalarse en la agenda pública luego de un informe presentado en el programa El Cernidor, conducido por Álvaro César Alfonso, Héctor Amodio Pérez y Horacio Mario Lampariello. Durante la emisión, los periodistas analizaron la respuesta que el Banco de Previsión Social (BPS) les entregó tras un pedido de acceso a la información pública.

La pregunta que dio origen a la investigación

Todo comenzó con una duda muy sencilla.

Los conductores quisieron saber si los beneficiarios de las Pensiones Especiales Reparatorias, creadas por la Ley 18.033, realizan aportes al Fondo Nacional de Salud (FONASA), como ocurre con la mayoría de los jubilados y pensionistas del país.

La respuesta del BPS fue clara: no realizan descuentos por concepto de FONASA sobre esas pensiones, debido a normas legales específicas que así lo establecen.

Más de 1.500 beneficiarios

Según la información oficial entregada por el BPS, al 30 de junio de 2026 existían 1.576 Pensiones Especiales Reparatorias.

De ese total:

1.565 personas no tienen ningún descuento de FONASA por esa prestación.

Solo 12 casos registraban descuentos, pero por situaciones distintas, como ingresos provenientes de AFAP o por haber pasado posteriormente a una jubilación común.

El debate sobre los privilegios

A partir de esos datos, los integrantes de El Cernidor plantearon una crítica política y jurídica.

Su posición es que existe un trato diferente entre quienes reciben estas pensiones especiales y el resto de los jubilados del país, ya que la mayoría de los pasivos sí realiza aportes al sistema de salud.

Durante el programa sostuvieron que esta situación genera un régimen de beneficios especiales que, a su entender, rompe el principio de igualdad previsto en la Constitución. Esa valoración corresponde a la opinión expresada por los conductores durante la emisión.

Una excepción creada por ley

La documentación remitida por el BPS explica que la exclusión del FONASA no surge de una decisión administrativa, sino de normas aprobadas por el Parlamento.

Entre ellas se mencionan:

Decreto 268/008.

Decreto 297/010.

Ley 18.922.

Estas disposiciones establecen que las Pensiones Especiales Reparatorias no quedan comprendidas en el régimen general de aportes al Sistema Nacional Integrado de Salud.

Otro beneficio que ya fue modificado

El informe también recordó que anteriormente, cuando fallecía un beneficiario de estas pensiones, el cónyuge podía continuar cobrando el 100 % de la prestación.

Posteriormente, durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, esa situación fue modificada para los nuevos casos, reduciendo ese porcentaje al 66 %, equiparándolo al régimen general de pensiones por sobrevivencia. Sin embargo, quienes ya cobraban el beneficio anterior lo mantuvieron.

Una discusión que recién empieza

Más allá de las posiciones políticas, la información oficial del BPS confirmó que existe un tratamiento diferente para estas prestaciones respecto al resto de las jubilaciones y pensiones.

El debate ahora pasa por una pregunta que seguramente continuará generando opiniones encontradas:

¿Es una reparación histórica que debe mantenerse o un privilegio que debería revisarse para que todos los uruguayos tengan las mismas obligaciones frente al sistema de salud?

La respuesta, como ocurre con muchos temas sensibles, seguramente dependerá de la mirada política, jurídica y social de cada ciudadano. Lo cierto es que la información oficial volvió a poner este asunto sobre la mesa y abrió una discusión que difícilmente pase desapercibida.

 

Comparte la noticia en tus redes sociales
error: Content is protected !!